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En relación a las graves inundaciones producidas en estas últimas fechas en diversos municipios de la provincia de Toledo, desde la Delegación del Gobierno en Toledo se nos ha informado de que, en el ámbito de las competencias del Ministerio del Interior, se va a aplicar el régimen general de ayudas establecido en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión (BOE núm. 67, de 19 de marzo, RD 307/2005 de 18 de marzo).

Estas ayudas van dirigidas a:

  • Unidades familiares o de convivencia económica, que hayan sufrido daños personales.
  • Unidades familiares o de convivencia económica, que hayan sufrido daños materiales en su vivienda habitual o en sus enseres de primera necesidad.
  • Comunidades de propietarios, por daños en elementos comunes.
  • Titulares de establecimientos mercantiles, industriales o de servicios.

En el caso de que se consideren incluidos en alguno de los supuestos anteriores y reúnan los requisitos exigidos por las normas, podrán ser solicitadas las ayudas por los afectados, como establece el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo y la ORDEN INT/277/2008 de 31 de enero, mediante la presentación de los correspondientes formularios indicados en la ORDEN, hasta las 24:00 h del día 23 de octubre de 2023.

Para la tramitación adecuada del expediente, la solicitud deberá ser acompañada de todos los documentos requeridos en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo y ORDEN INT/277/2008 de 31 de enero.

DOCUMENTACIÓN 👇

ℹ️ 1. INFORMACIÓN ANEXO I
👉 1. SOLICITUD ANEXO I


ℹ️ 2. INFORMACIÓN ANEXO II
👉 2. SOLICITUD ANEXO II


ℹ️ 5. INFORMACIÓN ANEXO V
👉 5. SOLICITUD ANEXO V


ℹ️ 6. INFORMACIÓN ANEXO VI
👉 6. SOLICITUD ANEXO VI


👉 FICHA DE TERCEROS