Pleno de la corporación

Está compuesto por todos los concejales y presidido por la Alcaldesa.

Tiene atribuidas las competencias de mayor trascendencia como son entre otras, el cambio de nombre del municipio, los acuerdos en materia de tributos, la alteración de la calificación jurídica de los bienes de dominio público, las contrataciones y concesiones de toda clase cuando superen el 10 por 100 de los recursos ordinarios, la votación de la moción de censura y la cuestión de confianza y las demás que expresamente establecen las leyes.

Debe destacarse como una de las funciones de mayor importancia de las atribuidas al Pleno, la de control y fiscalización de los órganos de gobierno municipales.

Puede delegar el ejercicio de sus atribuciones en la Alcaldesa o Junta de Gobierno Local, salvo las declaradas expresamente por la ley como indelegables.

El Pleno, como órgano colegiado tiene unas reglas muy específicas de funcionamiento que se explican en ficha aparte.

Alcaldesa-Presidente

Isabel María Tornero Restoy

Es el órgano que dirige el gobierno y la Administración municipal, representa al Ayuntamiento y preside el Pleno. Además tiene las competencias de carácter ejecutivo que normalmente no puede ejercer un órgano colegiado (compuesto de varios miembros) como es el Pleno.

Entre sus competencias están convocar y presidir las sesiones del Pleno y de los demás órganos municipales, conceder las licencias, contrataciones y concesiones de toda clase que no superen el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto, la jefatura de personal, disponer gastos, concertar operaciones de crédito que no superen determinados límites, y otras más que expresamente establecen las leyes.

Tiene además lo que se llama la «competencia residual» que es la competencia sobre aquellas materias que están atribuidas por las leyes a los municipios pero sin determinar un órgano municipal concreto.

La Alcaldesa puede delegar sus funciones (salvo las que la ley considera indelegables) en la Junta de Gobierno Local, en los Tenientes de Alcaldía o en cualquier Concejal.

Tenientes de alcaldía

Primer Teniente de Alcaldía.- Francisco Javier Rodríguez Jiménez Segunda Teniente de Alcaldía.- Sonia Alonso Pantoja

Los nombra la Alcaldesa, dando cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre. El nombramiento debe publicarse en el «Boletín Oficial de la Provincia» aunque produce efectos desde el día siguiente al de la firma de la Resolución de nombramiento por la Alcaldesa.

Su función es sustituir a la Alcaldesa en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento de éste, aunque para esta sustitución será necesario que se haga una delegación expresa.

No obstante, si la Alcaldesa se ausenta del término municipal por más de veinticuatro horas sin haber hecho la delegación o cuando por causa imprevista le hubiere resultado imposible otorgarla, le sustituirá en la totalidad de sus funciones el Teniente de Alcalde.

Junta de Gobierno

Presidente.- Isabel María Tornero Restoy Vocales.- Francisco Javier Rodríguez Jiménez, Sonia Alonso Pantoja, Isidro Hernández Perlines y Ana María Maqueda Martín-Grande

Debe existir obligatoriamente en los municipios de más de 5.000 habitantes. En los de menos existirá cuando lo acuerde el Pleno o cuando lo recoja el Reglamento Orgánico (en caso de que el Ayuntamiento tenga aprobada esta norma).

Se compone de la Alcaldesa y de los concejales nombrados libremente por ella y a quienes también puede cesar libremente. El número de miembros no puede ser mayor del tercio del número legal de miembros de la Corporación.

La Junta asiste a la Alcaldesa en el ejercicio de sus funciones y ejerce además las competencias que le delegue la Alcaldesa o el Pleno.

Comisiones informativas

Son órganos de estudio, informe y consulta de los asuntos que se someten al Pleno. También deben hacer el seguimiento de la gestión de la Alcaldesa, de la Junta de Gobierno Local y de los concejales con delegaciones. Deben existir obligatoriamente en los municipios de más de 5.000 habitantes y en los de menos existirán cuando lo acuerde el Pleno o cuando lo recoja el Reglamento Orgánico.

Todos los grupos políticos de la Corporación tienen derecho a participar en las comisiones, en proporción al número de concejales que tengan en el Pleno.

Una Comisión Informativa que debe existir en todos los municipios es la COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS, que informa todos los asuntos referentes a las cuentas anuales.


URBANISMO Presidente.- Isidro Hernández Perlines Vocales.- Francisco Javier Rodríguez Jiménez, Ana María Maqueda Martín-Grande, Víctor Sánchez Salcedo, Francisco Javier Herrero Poyato, Luis Meroño Alonso y Rubén Hernández Villasevil


ECONOMÍA, HACIENDA, CONTRATACIÓN, PATRIMONIO, AGRICULTURA Y PROMOCIÓN INDUSTRIAL Presidente.- Isidro Hernández Perlines Vocales.- Alfredo Hernández Benito, María del Carmen del Castillo Nombela, María Dolores Gómez García, Francisco Javier Herrero Poyato, Luis Meroño Alonso y Rubén Hernández Villasevil


SANIDAD Y BIENESTAR SOCIAL Presidente.- Sonia Alonso Pantoja Vocales.- María Dolores Gómez García, Ana María Maqueda Martín-Grande, María del Rosario García Villaluenga, Cristian Humberto Paz Paz, Luis Meroño Alonso y Rubén Hernández Villasevil


EDUCACIÓN, CULTURA Y TURISMO Presidente.- Ana María Maqueda Martín-Grande Vocales.- Víctor Sánchez Salcedo, María Dolores Gómez García, María del Carmen del Castillo Nombela, Marta Álvarez Rodríguez, Luis Meroño Alonso y Rubén Hernández Villasevil


PERSONAL Presidente.- Alfredo Hernández Benito Vocales.- Sonia Alonso Pantoja, Isidro Hernández Perlines, Francisco Javier Rodríguez Jiménez, Francisco Javier Herrero Poyato, Luis Meroño Alonso y Rubén Hernández Villasevil


IGUALDAD Presidente.- María Dolores Gómez García Vocales.-Sonia Alonso Pantoja, María del Carmen del Castillo Nombela, Víctor Sánchez Salcedo, Marta Álvarez Rodríguez, David Cortés Jorge y Rubén Hernández Villasevil


URBANIZACIONES Presidente.- Alfredo Hernández Benito Vocales.- Francisco Javier Rodríguez Jiménez, Isidro Hernández Perlines, Sonia Alonso Pantoja, Marta Álvarez Rodríguez, David Cortés Jorge y Rubén Hernández Villasevil


JUVENTUD, INFANCIA Y EMPLEO Presidente.- Víctor Sánchez Salcedo Vocales.- Ana María Maqueda Martín-Grande, María del Rosario García Villaluenga, Sonia Alonso Pantoja, Mónica Ronco Bargueño, David Cortés Jorge y Rubén Hernández Villasevil


DEPORTES Presidente.- Francisco Javier Rodríguez Jiménez Vocales.- Sonia Alonso Pantoja, Víctor Sánchez Salcedo, Alfredo Hernández Benito, Mónica Ronco Bargueño, David Cortés Jorge y Rubén Hernández Villasevil


TRÁFICO Y SEGURIDAD CIUDADANA, PARTICIPACIÓN CIUDADANA, TRANSPARENCIA Y ASUNTOS GENERALES Presidente.- Francisco Javier Rodríguez Jiménez Vocales.- Alfredo Hernández Benito, Sonia Alonso Pantoja, María del Rosario García Villaluenga, Cristian Humberto Paz Paz, Luis Meroño Alonso y Rubén Hernández Villasevil


OBRAS Y SERVICIOS Presidente.- Francisco Javier Rodríguez Jiménez Vocales.- Alfredo Hernández Benito, María del Rosario García Villaluenga, Isidro Hernández Perlines, Cristian Humberto Paz Paz, Luis Meroño Alonso y Rubén Hernández Villasevil


FESTEJOS Presidente.- María del Carmen del Castillo Nombela Vocales.- Víctor Sánchez Salcedo, Francisco Javier Rodríguez Jiménez, Ana María Maqueda Martín-Grande, Mónica Ronco Bargueño, David Cortés Jorge y Rubén Hernández Villasevil


MEDIO AMBIENTE Presidente.- Mª del Rosario García Villaluenga Vocales.- María del Carmen del Castillo Nombela, María Dolores Gómez García, Ana María Maqueda Martín-Grande, Francisco Javier Herrero Poyato, David Cortés Jorge y Rubén Hernández Villasevil

Concejales delegados

Corporación actual

La Alcaldesa puede delegar en cualquier Concejal alguna de sus competencias (excepto las que la ley recoge como indelegables). Estas delegaciones pueden referirse a un área (urbanismo, personal, hacienda), a materias dentro de cada área o a asuntos concretos.

Entre las facultades del Concejal delegado puede estar dirigir las actuaciones en esa área o materia y, si la Alcaldesa lo estima oportuno, y lo recoge expresamente en el acuerdo de delegación, adoptar acuerdos.

La delegación necesita la tramitación de un procedimiento: Acuerdo de la Alcaldesa, dación de cuenta al Pleno y publicación en el «Boletín Oficial de la Provincia».