Fecha y hora oficial

El artículo 30.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, señala que la Administración General del Estado, con sujeción al calendario laboral oficial, fijará, en su respectivo ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos. El artículo 31.2 indica que el registro electrónico de cada Administración u Organismo se regirá a efectos de cómputo de los plazos, por la fecha y hora oficial de la sede electrónica de acceso, que deberá contar con las medidas de seguridad necesarias para garantizar su integridad y figurar de modo accesible y visible.

El artículo 15 del Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica señala que la sincronización de la fecha y hora se realizará con el Real Instituto y Observatorio de la Armada.

En cumplimiento de estas disposiciones se ofrece la fecha y hora oficial de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Bargas.


Calendario de días inhábiles 2019

1 de enero lunes Año Nuevo Festivo Nacional
6 de enero sábado Epifanía del Señor Festivo Nacional
29 de marzo jueves Jueves Santo Festivo Nacional
30 de marzo viernes Viernes Santo Festivo Nacional
1 de mayo martes Fiesta del Trabajo Festivo Nacional
31 de mayo jueves Día de Castilla-La Mancha Festivo Comunidad Autónoma
3 de agosto viernes Fiestas patronales San Esteban Festivo Local
15 de agosto miércoles Asunción de la Virgen Festivo Nacional
17 de septiembre lunes Fiestas Santísimo Cristo de la Sala Festivo Local
12 de octubre viernes Fiesta Nacional de España Festivo Nacional
1 de noviembre jueves Todos los Santos Festivo Nacional
6 de diciembre jueves Día de la Constitución Española Festivo Nacional
8 de diciembre sábado La Inmaculada Concepción Festivo Nacional
25 de diciembre martes Natividad del Señor Festivo Nacional

Datos de la sede electrónica

La sede electrónica del Ayuntamiento de Bargas es la dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de las redes de telecomunicaciones mediante la cual el ayuntamiento difunde información y presta servicios. La titularidad de la sede electrónica comporta la responsabilidad respecto a la integridad, veracidad y actualización de la información y los servicios.

Titular de la sede Ayuntamiento de Bargas

Órgano de gestión de la sede Ayuntamiento de Bargas

Normativa de la sede Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre de 2015) Ley 59/2003 de firma electrónica (BOE 20 de diciembre de 2003) Disposición de creación de la sede electrónica Disposición de creación del registro electrónico

Canales de acceso Acceso electrónico a través de Internet Atención presencial a la Oficina de Atención Ciudadana Atención telefónica a través del teléfono 925 493 242 – 925 493 243


Protección de datos

Algunos de los servicios y trámites de la Sede Electrónica, los usuarios tendrán que subministrar los datos personales imprescindibles para la prestación del servicio y/o trámite solicitado, así como para la gestión, administración, prestación, ampliación, mejora e información de los servicios.

Estos datos se incorporaran a los correspondientes ficheros informatizados del Ayuntamiento de Bargas que serán tratados de conformidad con la regulación establecida por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, y otras disposiciones de aplicación.

Los datos recogidos únicamente serán objeto de cesión, si procede, previo consentimiento del interesado y de acuerdo con lo previsto en la mencionada Ley Orgánica de Protección de datos de carácter personal.

Las personas usuarias podrán ejercer el derecho de acceso, cancelación, rectificación y oposición reconocidos por la normativa de protección de datos, dirigiéndose por escrito a: Ayuntamiento de Bargas, Plaza de la Constitución, 1, 45593


Certificados digitales y firmas electrónicas admitidas

Según la Ley de Firma Electrónica 59/2003, un certificado electrónico es un documento firmado electrónicamente por un prestamista de servicios de certificación que vincula unos datos de verificación de firma a un firmante y confirma su identidad.

El firmante es la persona que posee un dispositivo de creación de firma y que actúa en nombre propio o en aras de una persona física o jurídica a la cual representa.

Los certificados digitales admitidos por acceder a los servicios que se ofrecen dentro la Sede electrónica son los emitidos por las siguientes entidades prestadoras de servicios de certificación.

¿Cómo puedo obtener un certificado digital? Si dispone de DNI electrónico, ya tiene un certificado digital válido. Para hacerlo funcionar deberá activarlo mediante las máquinas existentes en los centros de expedición y conectar un lector de tarjetas al dispositivo mediante el cual se conecte a la Sede Electrónica. Además existen numerosas entidades que expiden Certificados válidos.

Obtener certificado de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre

Obtener certificado de Camerfirma

Obtener certificado de Uatanaca