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A la vista de la información de seguimiento epidemiológico sobre el brote por COVID-19 en la localidad de Bargas (Toledo), desde el Servicio de Salud Pública de esta Delegación Provincial de Toledo se informa lo siguiente:

“Durante la semana epidemiológica número 49 (del 30 de noviembre al 6 de diciembre de 2020), en el municipio de Bargas se declararon al Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Castilla-La Mancha un total de 53 casos de COVID-19 lo que supone una tasa de incidencia semanal de 513 casos/100.000 habitantes.

Durante la semana epidemiológica número 50 (del 7 al 13 de diciembre de 2020), en el municipio de Bargas se han declarado al Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Castilla-La Mancha un total de un total de 40 casos de COVID-19 lo que supone una tasa de incidencia semanal de 387,1 casos/100.000 habitantes.

Así pues, entre las semanas epidemiológicas 49 y 50 se han declarado en el municipio de Bargas un total de 93 casos de COVID-19 lo que supone una tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días de 900,12 casos/100.000 habitantes.

La razón de tasas de incidencia entre las semanas 50 y 49 es de 0,75 lo que indica una tendencia descendente, si bien se mantienen tasas muy elevadas.

Estos datos indican que el municipio de Bargas se encuentra en un escenario de transmisión comunitaria lo que exige el mantenimiento de medidas de Nivel 3, complementarias a las medidas generales aplicadas por la Consejería de Sanidad en todo el territorio regional.

Por todo ello, en virtud del protocolo elaborado desde la Consejería de Sanidad se hace necesario adoptar en el municipio de Bargas las siguientes medidas de salud pública de nivel 3 actualizadas de conformidad con la Instrucción 15/2020, de 21 de diciembre dictada por Dirección General de Salud Pública, durante 10 días, prorrogables en función de la situación epidemiológica.

Algunas de las medidas principales son:

🔴 Se mantiene el cierre de hogar del jubilado y se procede al cierre de sociedades recreativas y culturales.

🔴 Se mantiene la suspensión cautelar de la actividad en el Centro de Día.

🔴 Se suspende la actividad en el INTERIOR de los bares, restaurantes y resto de establecimientos de hostelería.

⚪️ Se permite el servicio en TERRAZA con un aforo máximo del 50%, manteniendo una distancia mínima de 2 metros entre mesas y el resto de las medidas. La hora de cierre de estos establecimientos se fija a las 23:00 horas.

🔴 Suspensión de visitas a las Residencias de Mayores.

🔴 En los lugares de culto se limita el aforo interior al 40% y en velatorios y comitivas fúnebres un máximo de 6 personas.

🔴 Suspensión de actividades colectivas de ocio, espectáculos, eventos culturales y deportivos que puedan suponer concentración de personas.

🔴 Se decreta el cierre de Teatros y Auditorios.

🔴 Se decreta el cierre de la Biblioteca Municipal.

⚪️ El Mercadillo de los viernes se mantiene como estaba (1/3 de los puestos y separación de 4 metros entre los mismos).

🔴 Se mantiene el cierre de Parques y Jardines.

Estas medidas se decretan por un tiempo de 10 días siendo revisables según la evolución sanitaria y epidemiológica.

Esta Resolución es de aplicación desde su comunicación al Ayuntamiento. Es decir, que ya está en vigor.

Pedimos RESPONSABILIDAD a todos en el cumplimiento de las medidas.

🔴 USO OBLIGATORIO DE MASCARILLA

🔴 DISTANCIA SOCIAL <——>

Gracias a toda la población.

Puedes ver toda la información en el documento adjunto.