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Según la orden SND/422/2020 de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso de mascarillas durante la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.
- El uso de mascarilla será obligatorio en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.
- Quedan obligados al uso de mascarillas las personas de seis años en adelante.
- Esta obligación no será exigible en los siguientes supuestos:
- Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
- Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
- Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.
- Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
Aquí puedes descargar el BOE:
https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/20/pdfs/BOE-A-2020-5142.pdf