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Desde la Consejería de Sanidad del Gobierno de Castilla-La Mancha nos informan de que se ha dictado con fecha 27/03/2020 Resolución sobre medidas extraordinarias a adoptar para prevenir el contagio por COVID-19 con respecto al manejo de cadáveres, enterramientos e infraestructuras de sanidad mortuoria (DOCM No 64 de 28/03/2020). Entre las medidas aprobadas se encuentran algunas que afectan a las competencias municipales reguladas en el artículo 25. 2 k) de la Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local “cementerios y actividades funerarias”, como son:

“Primero.- Adoptar las siguientes medidas respecto a vela y ceremonias fúnebres de fallecidos por cualquier causa: Suspender los velatorios de cadáveres tanto en instalaciones públicas como privadas. Quedan restringidas las comitivas a los cementerios para enterramiento o despedida de cremación a aquellas personas más próximas al difunto, hasta un máximo de ocho, guardando entre las mismas una distancia de 1,5 metros. Las ceremonias de culto fúnebre tanto civiles como religiosas se pospondrán hasta el cese del estado de alarma.”

“Quinto. Adoptar las siguientes medidas respecto a los fallecimientos en domicilio: a. Queda prohibida la vela en domicilio particular cuando el fallecimiento se produzca en el mismo”

Queremos trasladarle la enorme importancia del cumplimento de estas medidas como medio de lucha para el control del COVID-19, por lo que les rogamos el cumplimiento de estas dentro de nuestro término municipal.