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Se pone en conocimiento de todos los vecinos que el Ayuntamiento ha aprobado bonificar el recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles ( IBI ) del año 2016 de las viviendas habituales de las Familias Numerosas.

Los requisitos que se han establecido para tener derecho a las bonificaciones son los siguientes: 

  • Ser titular del bien inmueble que constituya la vivienda habitual.
  • Estar en posesión del carne de Familia Numerosa, debidamente actualizado.
  • Estar empadronados a la fecha del devengo del Impuesto todos los miembros que constituyan la familia numerosa.
  • Que el bien inmueble objeto de bonificación constituya la residencia habitual de toda la unidad familiar, considerándose como tal, la que figure en el padrón municipal a la fecha del devengo.
  • Estar al corriente de pago de los tributos municipales a la fecha de la solicitud.
  • Tener unos ingresos familiares anuales inferiores a 80.000 €.
El plazo de presentación de las solicitudes será hasta el 31 de Enero de 2016.