El período medio de pago definido en el Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, mide el retraso en el pago de la deuda comercial en términos económicos, como indicador distinto respecto del período legal de pago establecido en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en la Ley 3/2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.